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Entutelar al Santísimo

Eso no lo va a salvar de pasar a la historia como un auténtico charlatán, una figurilla de circo, a la manera de personajes minúsculos como Mitsuo Matayoshi, ese eterno candidato político que se presentaba a las elecciones en Japón desde 1997, asegurando ser Jesucristo reencarnado y el Dios del Juicio Final…

Por Alberto Morales Gutiérrez

El fallo de tutela y la orden dada al Ministerio de Cultura el pasado 28 de octubre por el Juzgado 24 de Familia de Bogotá, en el sentido de restituir a sus espacios de exhibición las obras retiradas del Museo Nacional; es un hecho relevante desde el punto de vista del significado universal del respeto por la ley en la democracia, que ubica esta discusión sobre gobierno, política y poder confesional, en el lugar en donde es razonable que se ubique.

 ¿Qué debe primar en las decisiones del gobernante con férreas convicciones religiosas, cuando ejerce el poder en un Estado democrático?: ¿La ley divina o la norma constitucional?

No es un debate nuevo, desde luego. Filósofos, juristas, sociólogos, han reflexionado mucho y desde hace tiempo, sobre las incompatibilidades existentes entre la política y los gobiernos confesionales, dada la imposibilidad del ejercicio de la deliberación, la negociación y el convenio, en un escenario que solo posibilita “la administración de la fe y la aceptación del dogma”.

Una teocracia no admite el disenso. Es un hecho que cualquier objeción, reclamo o desacuerdo con las decisiones del poder confesional, son criminalizadas, porque el objetor no está expresando una opinión sino cometiendo un pecado, siendo un apóstata, diciendo una herejía. Los gobiernos y Estados confesionales no necesitan ciudadanos, solo aceptan fieles.

El tema de la teocracia, que pareciera impresentable e insustentable, tuvo en el siglo pasado un defensor teórico que nutrió de argumentación “inteligente” a los fanáticos de la verdad divina. Fue Carl Schmitt (1888- 1985) quien nació en Plettemberg, en la Prusia de los tiempos del imperio alemán. Fue un abogado muy destacado, teórico político, que escribió un texto emblemático para este debate: “Teología Política” (Editorial Trotta 2009). El libro tuvo su primera edición en 1922. Años después, su contenido recibió el rápido respaldo de los seguidores de Hitler y le permitió a Schmitt tener un período fugaz de “brillo” en las filas del nazismo, en el que militó con entusiasmo.

Hay una frase de Schmitt, cuya retórica era decididamente inteligente, que se convirtió en una especie de axioma de la defensa del Estado confesional. Dice, sin pestañear, que “todos los conceptos significativos de la teoría moderna del Estado, son conceptos teológicos secularizados.”. Para sustentarlo, argumenta que la estructura del Estado secular no es nada distinto que una copia descarada de la teología cristiana. Advierte incluso que no se trata de un parecido histórico, sino que se trata de una “transferencia estructural”, habida cuenta de que eso que los demócratas definen como el “Estado soberano”, no es nada distinto que el Dios omnipotente de los creyentes religiosos. Más aún, “el milagro” (ajá, desde allí viene la nueva denominación que Abelardo le ha dado a la patria) entendido como la intervención divina que rompe las leyes de la naturaleza, en es términos de la legislación democrática lo que se conoce como “el estado de excepción”.

Esas habilidades retóricas de Schmitt fueron férreamente combatidas por uno de los pensadores más importantes del siglo XX, Jürgen Habermas (1929-2026), el filósofo y sociólogo alemán, quien nació en Düsseldorf y falleció recientemente en Stanberg.

Para Habermas un gobierno confesional aniquila la política por el hecho de que la deliberación desaparece. La democracia deliberativa, la argumentación para el encuentro de consensos es un aspecto nodal e irrenunciable del Estado liberal. Aclara que, si bien la deliberación admite que el ciudadano argumente incluso desde la perspectiva de su fe, las instituciones del Estado solo pueden asumir un lenguaje secular, neutral y accesible para todos.

Es cierto que, con los años, Habermas incorporó el muy sofisticado término de “la sociedad possecular” para aludir a la validez de que en el debate público contemporáneo se cuente con la argumentación religiosa, para propiciar el aprendizaje mutuo de los amplios y diferentes códigos de fe existentes en la sociedad. Esa educación en la diferencia de creencias, contribuye de manera decisiva a sustentar precisamente la secularidad de la gestión estatal y de la legislación democrática, pues por respeto a esa diversidad, el Estado no puede tomar partido por una sola creencia.

Contrario al carácter burdo de la sustentación dada por la “patria milagro” para retirar las obras del museo, el fallo de la tutela entrega una argumentación sólida del doctor César Enrique Osorio. Expresa que no hubo un concepto curatorial ni un acta del Comité de Gestión Patrimonial del museo, en el que se hubiese aprobado el retiro de esas obras, como la ley y el protocolo ordenan. De hecho, la medida tomada no se sustentó “en una necesidad propia de la gestión museográfica, sino en el desacuerdo de una autoridad con determinadas expresiones, culturas y representaciones de la historia nacional”. Esta circunstancia -sostiene el fallo – “resulta incompatible con el deber estatal de respetar el pluralismo cultural y la libre circulación de ideas”.

El siguiente párrafo de las conclusiones del fallo es contundente: “No significa que el Museo Nacional esté obligado a mantener permanentemente todas sus exposiciones. Tampoco que las decisiones curatoriales deban someterse a autorización judicial. Para el despacho, lo que resulta contrario a la Constitución es que se excluyan manifestaciones culturales del acceso público por razones relacionadas exclusivamente con su contenido ideológico o político, sin una justificación objetiva que permita establecer la legitimidad de la medida”.

Ese proceder de “tierra arrasada”, propia de la vulgaridad bárbara, hizo que la inculta ministra se regodeara con el informe que incluía, en esa depredación, a la camiseta con la que Lucho Herrera ganó la vuelta a España en 1985, pasando por el tarjetón de la séptima papeleta (ese aporte de un sector del movimiento estudiantil en la agitación constitucional de 1990) hasta el bolígrafo con el que se firmó el acuerdo de paz con las FARC. ¡No hay remedio para la imbecilidad!

Claro que van a patalear. Es muy previsible que impugnen el fallo y Abelardo produzca diez videos más que los normales, para gesticular frente a las cámaras con pose de héroe incomprendido y defender su “batalla cultural”.

Eso no lo va a salvar de pasar a la historia como un auténtico charlatán, una figurilla de circo, a la manera de personajes minúsculos como Mitsuo Matayoshi, ese eterno candidato político que se presentaba a las elecciones en Japón desde 1997 asegurando ser Jesucristo reencarnado y el Dios del Juicio Final; o ese payaso brasilero, Tiririca, que llegó a ser diputado federal con un lema de campaña apoteósico: “¿qué hace un diputado federal? La verdad, no lo sé, pero vota por mí y te lo contaré”. Si, ese “tigre”, si acaso, llegará a ser solo una anécdota…

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